miércoles, 1 de octubre de 2008

Respuesta del INP , PENSION A LA VRJEZ

Se informa que los requisitos para jubilar por la causal de vejez en el Ex Servicio de Seguro Social en el caso de los hombres son: tener 65 años de edad y un mínimo de 1.040 semanas de imposiciones (20 años de cotizaciones) establecido en las letras a) y c) del Art. 37 de la Ley N° 10.383 y el art. 6° de la Ley N° 19.350.Los requisitos para jubilar por la causal de vejez en el Ex Servicio de Seguro Social en el caso de las mujeres son: tener 60 años de edad y 520 semanas de imposiciones (10 años de cotizaciones) establecido en la letra b) del Art. 37 de la Ley N° 10.383.Los imponentes del Ex Servicio de Seguro Social tienen derecho a una Indemnización del D.F.L. 243 de 1953 que es el equivale al 8,33 % de las rentas líquidas percibidas en calidad de dependiente (apatronado), por las siguientes causales:1.- Tener más de 1.560 semanas de imposiciones2.- Tener más de 60 años de dad3.- Obtener pensión de Inválidez 4.- Obtener pensión de vejezEl Instituto para conceder los beneficios previsionales sólo considera las imposiciones declaradas y pagadas.Con respecto a las imposiciones no pagadas por el empleador, el trabajador debe presentar una demanda ante la Inspección del Trabajo por la deuda de las imposiciones.En la eventualidad de no tener derecho a pensión en el I.N.P., se hace presente que para acceder a la Pensión Básica Solidaria (PBS) publicada por la Presidente de la República Ley N° 20.255 de la Nueva Reforma Previsional, las personas deben tener la Ficha de Protección Social (FPS) con un puntaje igual o inferior a 11.734 y tener 65 años de edad. En el caso de cumplir con lo antes indicado, las personas deben concurrir a la Sucursal I.N.P. más cercana al domicilio para suscribir la Solicitud en el formulario diseñado para tales efectos. En el caso de no contar con la Ficha Protección Social debe ser solicitada en la Ilustre Municipalidad de su comuna. Atentamente, Oficina Atención al Usuario Plataforma Atención Virtual.

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